La figura del Psicólogo Forense surge en España a partir de la ley de divorcio de 1981 (ley 30/81 de 7 de julio), en la que dando cumplimiento a lo establecido en el marco Constitucional de 1978 se posibilitaba la disolución del matrimonio, y en el artículo 92 del Código Civil se establecía la posibilidad de solicitar “el dictamen de especialistas” en relación con las medidas a adoptar sobre el cuidado y educación de los hijos.
Aunque para dar respuesta a esta necesidad de evaluación técnica, inicialmente el Ministerio de Justicia, a instancia del Consejo General del Poder Judicial, creara con carácter de experiencia piloto 17 equipos, compuestos cada uno por un Psicólogo y un Trabajador Social, estas primeras plazas fueron ampliándose, convocándose oposiciones para dotar de firmeza estas contrataciones. A lo largo de estos 34 años, nuestra figura se ha ido consolidando en la Administración de Justicia, generalizándose nuestra actuación en diversos ámbitos competenciales, tales como los Juzgados de Menores, de Vigilancia Penitenciaria, de Violencia sobre la Mujer, así como en otros ámbitos penales y civiles.
Por tanto, los psicólogos en la Administración de Justicia desarrollamos nuestro trabajo dentro del ámbito público como especialistas en nuestro campo de conocimiento, para atender las demandas de jueces y fiscales, habiendo accedido a nuestros puestos de trabajo tras superar un riguroso proceso selectivo .
De todos los ámbitos de intervención de los psicólogos forenses, el que ha recibido de manera reiterada las críticas más exacerbadas por parte de colectivos y asociaciones de todo tipo han sido los que tienen que ver con las disputas familiares, ya sean en procesos de familia ordinarios, en aquellos que derivan de violencia de género, o en los que se encuentran entremezcladas denuncias penales de uno de los progenitores hacia los hijos, tanto de maltrato como de abuso sexual, haciendo recaer sobre nuestra figura toda clase de menosprecios sobre nuestro desempeño o capacitación profesional, como está ocurriendo en el caso que nos ocupa.
El Psicólogo Forense está formado en el ámbito específico de intervención pericial, aplicando los conocimientos de la ciencia psicológica a cada una de las áreas de intervención forense que nos es propia. Dicha especialización se obtiene a partir de posgrados específicos en este ámbito de intervención, el trabajo de campo diario y la formación e investigación continua.
La colegiación, por sí misma garantiza el control deontológico al que nos encontramos sometidos por nuestro Código, pero la capacitación profesional , en cada una de las áreas de trabajo del psicólogo, se obtiene por la formación específica en ese campo, encontrándose los Colegios comprometidos en esa obligada formación continua de sus colegiados.
Las evaluaciones psicológicas en el ámbito forense de familia se realizan aplicando una metodología objetiva y teniendo en cuenta todos los elementos del caso concreto que se evalúa, y especialmente en aquellos que inciden o interfieren en el desarrollo del menor que evaluamos. La rigurosidad y responsabilidad guía nuestra intervención.
Dado que nuestra evaluación se produce en un contexto contencioso, dónde el conflicto entre las partes es elevado, incluso extremo, se hace lógico pensar que nuestra valoración técnica no siempre va a concordar con los intereses contrapuestos de los progenitores, ni con sus propios deseos o sus valoraciones o interpretaciones. La imparcialidad guía nuestras intervenciones, no existiendo nunca un interés más que el de los menores que se encuentran dentro del proceso judicial en el que intervenimos, encontrándose este interés por encima del de sus progenitores. Insistimos, el foco de nuestra intervención son las necesidades, fundamentalmente afectivas de los menores, la adecuación de los vínculos con cada uno de sus progenitores, teniendo en cuenta la posible instrumentalización, inmersión y posicionamiento de los mismos por presiones externas alejadas de sus intereses y necesidades o que puedan poner en riesgo su correcto desarrollo psicoevolutivo.
Como Asociación profesional que reúne a gran parte de los profesionales que trabajan en el ámbito público, queremos dejar claro nuestro buen hacer profesional, basado en la imparcialidad , la objetividad y la aplicación de los conocimientos científicos de nuestra profesión, siendo conscientes de que las peculiaridades específicas de nuestro trabajo nos hacen más vulnerables a la crítica fácil en el seno de procesos de especial conflictividad.
Nos preocupa la arbitrariedad con la que se hacen determinadas manifestaciones sobre nuestras actuaciones y por ello hemos creído necesario explicar brevemente a la opinión pública nuestro trabajo, quedando a disposición de los medios para poder aclarar cuantas cuestiones se susciten sobre el trabajo realizado por el colectivo que representamos.